estatutos
Estatutos y reglamento de la Corte
clausula
Cláusula arbitral recomendada
Toda controversia derivada de este contrato o que guarde relación con él, incluida cualquier cuestión relativa a su existencia, validez, interpretación, cumplimiento o terminación, será resuelta definitivamente mediante arbitraje administrado por la Corte de Arbitraje del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, de conformidad con sus Estatutos y Reglamento de procedimiento vigentes a la fecha de presentación de la solicitud de arbitraje.
Opciones:
- El tribunal arbitral que se designe a tal efecto estará compuesto por [un único / tres] árbitro[s].
- El idioma del arbitraje será el [español].
- La sede del arbitraje será [Madrid].
- El arbitraje será de [derecho/equidad].
clausula1
Cláusula escalonada recomendada (Mediación + arbitraje)
Toda controversia derivada de este contrato o convenio o que guarde relación con él -incluida cualquier cuestión relativa a su existencia, validez, terminación, interpretación o cumplimiento- se someterá para su resolución en primer lugar a mediación. La mediación será administrada por el organismo competente del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid establecido para la resolución alternativa de conflictos de esta modalidad.
Si la mediación resultare total o parcialmente infructuosa, la controversia será resuelta definitivamente mediante arbitraje de (derecho/equidad), administrado por la Corte de Arbitraje del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid.
La designación de mediadores y, en su caso árbitro/árbitros, así como la administración de la mediación y del arbitraje se regirán por las normas específicas del Ilustre Colegio de la Abogacía vigentes a la fecha de presentación de la solicitud de arbitraje o mediación.